domingo, 31 de mayo de 2009

Conceptos Generales


Nación: Conjunto de personas de origen y tradiciones comunes regidas por un mismo gobierno.

Estado: Es una organización social soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida sobre un territorio determinado.
Patria: Es la tierra natal o adoptiva a la que un individuo se siente ligado por vínculos de diversa índole, como afectivos, culturales o históricos

Gobierno: consiste en la conducción política general o ejercicio del poder del Estado. En sentido estricto, habitualmente se entiende por tal al órgano (que puede estar formado por un Presidente o Primer Ministro y un número variable de Ministros) al que la Constitución o la norma fundamental de un Estado atribuye la función o poder ejecutivo, y que ejerce el poder político sobre una sociedad.

Soberanía: es el ejercicio de la autoridad suprema que reside en el pueblo y que se ejerce a través de los poderes públicos de acuerdo a su propia voluntad y sin la influencia de elementos extraños.

Limites: es la línea o término imaginario que se utiliza para dividir dos o más espacios:
· Límite geodésico: Son aquellos que se apoyan en meridianos o paralelos.
· Límite natural: Se dan a través de accidentes geográficos, como ríos, cordilleras, mares, etc.
Fronteras: línea imaginaria que marca el confín o límite de un Estado

Geopolítica: es la ciencia que, a través de la geografía política, la geografía descriptiva y la historia, estudia la causalidad espacial de los sucesos políticos y sus futuros efectos. La geopolítica representa uno de los instrumentos para definir las estrategias de la colonización del mundo.

Geoestrategia: es un subcampo de la geopolítica que trata de estudiar y relacionar problemas estratégicos militares con factores geográficos -recursos de un país con sus objetivos geopolíticos-. Los geoestrategias, a diferencia de geopolíticos, abogan por estrategias proactivas, y el enfoque de geopolíticas desde un punto de vista nacionalista

Símbolos Patrios: La Bandera Nacional fue creada por el Precursor de la Independencia de Venezuela e Hispanoamérica, reconocido como "el primer criollo universal", pero llamado Francisco de Miranda; hombre formado en el saber, en la milicia, en las letras y en los idiomas.El Tricolor de Miranda fue izado por primera vez en su buque-insignia "Leander", el 12 de marzo de 1806 en Jacmel (Haití). El 28 de abril del mismo año, el Generalísimo Miranda emprendió su primer intento revolucionario hacia Venezuela, mientras las autoridades españolas conocían las iniciativas del caraqueño y lo esperaron en las playas de Ocumare; el desenlace de este episodio fue el apresamiento de las goletas "Bacchus" y "Bee"; pero el "Leander" escapó a Trinidad.

EL Escudo nacional: fue decretado por el Congreso de la República, el 18 de abril de 1836 -contando con el asesoramiento de Sir Robert Ker Porter en la heráldica y Carmelo Fernández en el dibujo, para que sustituyera, con algunas modificaciones, el Escudo de Armas de la Gran Colombia, así como reformado por la Constitución Federal y aún por Cipriano Castro en 1905, su forma actual la estableció el Congreso de la República mediante un decreto del 17 de febrero de 1954.EE
EL HIMNO NACIONAL: Nuestro Himno Nacional surgió como un canto emocional en un momento de inspiración patriótica en los mismos albores de la Independencia. Consta, en efecto, que apenas se dio el golpe de estado del 19 de abril de 1810, poseídos los venezolanos de un encendido fervor revolucionario, una de las primeras tareas fue la composición de una canción patriótica que pudieran entonar, en concordancia con el momento de exaltación que vivían.
Se había dicho hasta ahora, desde que Juan Vicente González lo acuñó y sin que hubiese surgido contradicción alguna, que el autor de la letra del «Gloria al Bravo Pueblo» fue el médico y poeta Vicente Salias, quien en un momento de euforia improvisó la canción en una de las sesiones de la Sociedad Patriótica.
Vicente Salias, nacido en Caracas el 23 de marzo de 1776, era poeta y escritor, además de médico. Fue fusilado en el castillo de Puerto Cabello, el 17 de setiembre de 1814.

Seguridad: Es la ausencia de riesgo o también la confianza en algo o alguien.


Defensa Integral: es el conjunto de sistemas, métodos, medidas y acciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el Estado con la participación de las instituciones públicas y privadas, y las personas naturales y y jurídicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la soberanía, la integridad territorial y el desarrollo integral de la nación.

Desarrollo: Es la acción y el efecto de mejorar en algún ámbito por ejemplo: cultural, intelectual, económico, moral, etc; una persona, una comunidad, un país, etc.

Desarrollo Endógeno: es un modelo de desarrollo que busca potenciar las capacidades internas de una región o comunidad local; de modo que puedan ser utilizadas para fortalecer la sociedad y su economía de adentro hacia afuera, para que sea sustentable y sostenible en el tiempo.

Guerra Asimétrica: es un conflicto violento donde existe una gran desproporción entre las fuerzas tanto militares como políticas de los bandos implicados, y que por lo tanto obliga a las nacion a utilizar medios fuera de la tradición militar común. Entre estos medios se cuenta la guerra de guerrillas, la resistencia, toda clase de terrorismo, la contrainsurgencia, el terrorismo de Estado, la guerra sucia o la desobediencia civil.


Seguridad y Defensa Integral de la Nación


La seguridad y defensa nacional
Comandos navales venezolanos

La Seguridad y Defensa Nacional son elementos concebidos como primordiales dentro de la conformación de las naciones, puesto que los mismos conceden o dan cierto nivel de confiabilidad y protección a todas las personas que integran la nación. En todo Estado y en particular en el Estado venezolano se encuentran una serie de elementos tanto naturales, como territoriales que deben ser preservados y protegidos del alcance de sujetos a los cuales no les corresponde administrarlos ni usarlos.

La Seguridad Nacional esta referida a las manifestaciones externas, que los sujetos integrantes de la nación pueden percibir, y que se manifiesta en la sensación de tranquilidad o de inseguridad de los ciudadanos, ya que depende de la percepción por parte de la ciudadanía de la sensación de paz, peligro o amenaza para con la nación, y por ende para con la seguridad de sus ciudadanos. La misma es parte inherente de la política de la nación y esta directamente vinculada con el Poder Nacional, el cual le proporciona los medios para que se pueda llevar a cabalidad.En el ámbito político la seguridad nacional es el objetivo principal, la meta, el fin, mientras que la defensa nacional es el medio, o uno de los medios, el más destacado para lograr la seguridad. Se puede señalar el aspecto de la Seguridad como un aspecto psicológico, como una actitud o un estado de conciencia, y que va a depender del grado de confianza y seguridad que el Estado transmita a sus nacionales.
Se puede definir la Seguridad de la Nación como: La situación, estado o condición que se configura por medio de la garantización, goce y ejercicio efectivo de los derechos en los diversos ámbitos de la vida nacional: social, económico, cultural, político, militar, entre otros, por parte de la población, la sociedad y demás entes que conforman el Estado.
La Seguridad de la Nación se refiere principalmente a 3 aspectos:
1. La Seguridad del Territorio: cuyo fin es la preservación del territorio nacional de la ocupación, transito o invasión ilegal de otras personas o naciones que no estén debidamente autorizados para ingresar al país.
2. La Seguridad de la Población: que esta referida a la protección de la colectividad de situaciones que amenacen o atenten contra su libertad, seguridad o bienestar.
3. La Seguridad de las Libertades: cuyo fin es la garantización del cumplimiento de las libertades internas y externas, a las que se tiene derecho por mandato constitucional.

De tal forma que la Seguridad es un elemento indispensable para el bienestar de la sociedad, de la colectividad, ya que protege los derechos de la nación tanto en el ámbito interno como externo.La Seguridad Interna y Externa.La Seguridad Interna: Esta referida al conjunto de presiones de orden interno que atenten contra el logro de los objetivos nacionales, en todo lo que se refiere al ámbito territorial. Estas presiones pueden ser: individuales, públicas, industrial y empresarial. La Seguridad Interna comprende el conjunto de medidas y acciones que son tomadas por el Poder Nacional para afrontar, en las fronteras nacionales, las agresiones o presiones por parte de otros sujetos o países. La Seguridad Externa:Esta referida a elementos políticos-militares, es un complemento de la seguridad nacional y tiene que ver con la forma en que cada nación concibe la Seguridad de su territorio. Depende de 2 factores:
1. Las presiones que enfrenta el Estado.
2. La capacidad de las que dispone el Estado para actuar ante tales exigencias.En este tipo de seguridad llamada “externa” intervienen organismos de alcance mundial y regional como: La ONU (Organización Naciones Unidas), y La OEA (Organización de Estados Americanos). La política externa se configura cuando un Estado tiene intereses en un territorio en el cual no tiene ningún tipo de incidencia, es decir, donde sus instituciones no tienen ninguna importancia y por lo tanto son ineficaces. En este caso tiene solo dos opciones: el uso de la diplomacia o el uso de la guerra.Una vez definida la Seguridad Nacional es de suma importancia destacar el rol de la Defensa Integral, ya que es un elemento que es necesario para que se dé la Seguridad de la Nación. La expresión Defensa Nacional surge a principios del siglo, con motivo del surgimiento de los llamados “Estados Nacionales”. Su objetivo es muy claro: el uso de la fuerza militar para defender los intereses de la nación. En tal sentido, la Defensa Integral es un medio para conseguir un fin: La Seguridad de la Nación. De tal forma se puede asegurar que la Defensa Nacional es la garantización, a toda costa, ante toda circunstancia y agresión, la seguridad del territorio de la nación y de sus ciudadanos.
En otras palabras se puede definir como: El conjunto de acciones, sistemas, métodos o medidas de defensa que el Estado confecciona y ejecuta para poder preservar y garantizar la consecución de los objetivos nacionales y el bienestar y seguridad de todos los sujetos que integran la nación.
En este plan que el Estado elabora, se toman en cuenta todos los entes del Estado, tanto públicos como privados así como también los sujetos integrantes de la nación, es decir, las personas naturales y jurídicas. Como se puede observar La Seguridad y Defensa Nacional van de la mano, se complementan, puesto que no se concibe una sin la existencia de la otra:
Militar resguardando el territorio
En este sentido de complementariedad de estos dos elementos: Seguridad y Defensa, se puede agregar que la seguridad le da al Estado la garantía, para la consecución de los objetivos nacionales; y la defensa le da al Estado los hechos concretos manifestados en el resguardo y la integridad del territorio así como la vida de la población.
La Seguridad y Defensa tienen su fundamento jurídico en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en el Titulo VII, referido a la Seguridad de la Nación, y que va desde el artículo 322 hasta el 327. En este conjunto de artículos constitucionales se tocan aspectos relevantes tales como:
• La competencia exclusiva que tiene el Estado para con la Seguridad, y la responsabilidad que tienen todos y cada uno de los venezolanos así como los entes públicos y privados para con la Defensa de la Nación.
• La importancia del Consejo de Defensa de la Nación como máximo órgano en todos los asuntos referidos con la defensa integral del país.
• La exclusividad para el porte y uso de armas de guerra que se le atribuye al Estado, independientemente de la forma de ingreso al país de las armas. Y la función de la Fuerza Armada Nacional como institución competente para tramitar los procedimientos referidos al porte y uso de armas por parte de la ciudadanía.
• El establecimiento del secreto político-militar en asuntos referidos directamente con asuntos de seguridad nacional.
• La consagración expresa de los principios que rigen la seguridad de la nación, entre los que se destacan: la independencia, democracia, solidaridad, igualdad, paz, justicia, por solo nombrar algunos. Se destaca la colaboración de la Sociedad Civil y la importancia de la misma en la consecución de la seguridad.
• La necesidad del resguardo de las fronteras para poder garantizar de forma efectiva la seguridad nacional, y la importancia de la creación de la Ley De Fronteras que dilucide esas cuestiones.Cada uno de los aspectos consagrados en la Constitución Nacional serán ampliados y profundizados en el estudio de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación. La Seguridad es un elemento que no sólo se limita al ámbito de la protección a la nación, la misma ocupa espacios importantes dentro del desarrollo del Estado. En este sentido es necesario definir el desarrollo siendo este el medio idóneo para lograr un crecimiento integral de los diversos aspectos que conforman la sociedad, como por ejemplo el aumento del empleo, la mejoría de la calidad de vida de la población, solo por nombrar algunos. Por esto, el desarrollo debe ser el avance igualitario de los diversos factores que integran la sociedad: sociales, económicos, culturales, educativos, puesto que la evolución de solo una parte de estos elementos mostraría un desnivel en el progreso de la sociedad en general.
La Seguridad puede clasificarse en:

Seguridad Alimentaria: Consiste en la disponibilidad de suficientes alimentos producidos en el país para garantizar la satisfacción por parte de los nacionales, así como el fácil acceso a los mismos por parte de los consumidores.

Seguridad Ciudadana:Obligación que tiene el ejecutivo nacional de garantizar una efectiva protección a los ciudadanos, el cumplimiento de los derechos constitucionales y el mantenimiento del orden público.

• Seguridad Social: Establecimiento de preceptos jurídicos que garanticen el acceso y obligatoriedad en la prestación de los servicios públicos básicos para la población, como lo son: el derecho a la salud, educación, salario justo, pensión por vejez, entre otros.

Elementos comunes entre Seguridad y Defensa Nacional:
1. La Política Exterior del Estado es uno de los elementos primordiales dentro del desarrollo de la seguridad y defensa de la nación, ya que la misma debe seguir los lineamientos dictados por el ejecutivo nacional quien es el que da las directrices para establecer la política internacional y también quien traza el plan que se debe seguir para resguardar la integridad territorial de la nación, y por ende la de todos los ciudadanos.
2. Las Fuerzas Militares o Fuerza Armada Nacional, la cual es la encargada de garantizar la independencia y soberanía de la nación, mediante la defensa militar. Y que sin duda es un elemento fundamental para la defensa integral de la nación. 3. El Sistema Jurídico representado en el conjunto de principios, normas o reglas de tipo jurídico que regulan la conducta de los ciudadanos en la sociedad.

La Seguridad y Defensa Integral de la Nación son elementos que se encuentran inmersos dentro de los fines esenciales del Estado, pero la consecución de los mismos no es tarea exclusiva de los sujetos que ejercen la función de dirigir el país, esta es una responsabilidad que involucra a todos los individuos que integran la nación, a todos los venezolanos, puesto que la construcción y avance del Estado depende de la conjunción de los esfuerzos de cada uno de los ciudadanos y del nivel de conciencia y patriotismo de cada individuo.

Desarrollo Integral de la nación: El desarrollo integral, consiste en la ejecución de planes, programas, proyectos y procesos continuos de actividades y labores que acordes, con la política general del Estado y en concordancia con el ordenamiento jurídico vigente, se realicen con la finalidad de satisfacer las necesidades individuales y colectivas de la población, en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar.

Se evidencia la necesidad de fundamentar la seguridad en el desarrollo integral de la Nación, que proporcionará mejores condiciones de vida a la población en todos los ámbitos de la vida nacional

Corresponsabilidad entre el Estado y la Sociedad: La corresponsabilidad es la base fundamental de la acción del Estado y de los ciudadanos, sin la cual es imposible que ningún país adelante, se desarrolle o simplemente impulse los objetivos superiores de cualquier comunidad nacional. El principio de corresponsabilidad es concomitante y de plena concurrencia con los Fines Superiores del Estado; hecho por el cual se encuentra taxativamente desarrollado a todo lo largo del texto constitucional venezolano, considerando además, que el Estado es el pueblo.La patria no es una extensión de terreno. Mucho más que eso, la patria es un concepto grabado en el sentimiento, en el corazón y en el alma de nuestra gente. La patria es la gente, porque el territorio geográfico ha estado allí desde siempre. Somos nosotros los que hacemos la patria.Afirmamos solemne y absolutamente que en el contenido del Art. 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el legislador consagra: “la participación de los ciudadanos y ciudadanas en los programas destinados a la prevención y seguridad ciudadana…” Lo cual implica que las comunidades son aliadas de los Cuerpos de Seguridad en la consecución de tales fines. Sin las comunidades como aliadas, es imposible tener éxito. Son las comunidades las que deben destruir esa ecuación siniestra, según la cual silencio más complicidad es igual a impunidad.

. Movilización y Requisición:

La Movilización esta referida a la serie de acciones de tipo preparatorio y ejecutivo, así como del conjunto de previsiones que tiene por objeto la organización del potencial existente en la nación, tomando en cuenta a todos los sectores del país, integrándolos al poder nacional. De esta forma facilita el cambio de un estado ordinario a uno extraordinario, en otras palabras es el llamado que hace el Estado a los ciudadanos que reúnen las características necesarias para ser integrados a las Fuerzas Armadas Nacionales.

1. Este proceso tiene su origen en los llamados Estados de Excepción que tienen su base legal en La Constitución Nacional, Titulo VIII, Capitulo II, artículo 337 y que una vez decretado, se puede ordenar la movilización en todo o en parte del territorio nacional. La responsabilidad de la Movilización esta en manos del Presidente de la República, con la colaboración de los Ministerios, El Consejo de Defensa de la Nación y demás entes del Estado que se involucren. Todo este proceso se lleva a cabo de acuerdo con los planes confeccionados por los Ministerios inmersos, siguiendo los lineamientos dados por el Presidente de la República.
2. En casos de extrema urgencia el Ejecutivo puede solicitar la participación de las Fuerzas Armadas Nacionales para controlar y reactivar el funcionamiento normal de las actividades económicas de la nación. De igual forma puede someter al personal de las empresas al régimen militar, mientras dure el estado de excepción.
3. La Requisición puede entenderse como la expropiación de los bienes necesarios para defender la nación.

Consejo de Defensa de la Nación y su Secretaría General
LEY ORGÁNICA DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN

Artículo 34. El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público nacional, estadal y municipal, en los asuntos relacionados con la seguridad y defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad del territorio y demás espacios geográficos de la República, debiendo para ello, formular, recomendar y evaluar políticas y estrategias, así como otros asuntos relacionados con la materia que le sean sometidos a consulta por parte del Presidente o Presidenta de la República.
Artículo 35. El Consejo de Defensa de la Nación contará con miembros permanentes y miembros no permanentes. Son miembros permanentes el Presidente o Presidenta de la República, quien ejercerá la Presidencia; el Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutivo, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano, y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores, la planificación y el ambiente. Los miembros no permanentes son de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente o Presidenta del Consejo, y su participación se considerará pertinente, cada vez que la problemática a consultar lo amerite. Los miembros no permanentes sólo tendrán derecho a voz y cumplirán las funciones que se les asignen en su nombramiento, mientras se encuentren en el ejercicio de sus actividades dentro del Consejo de Defensa de la Nación.
SECRETARIA GENERAL
Artículo 36. El Consejo de Defensa de la Nación contará con una Secretaría General, organismo que cumplirá funciones permanentes como órgano de apoyo administrativo, técnico y de investigación

Artículo 41. La Secretaría General estará a cargo de un Secretario o Secretaria quien será de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente o Presidenta del Consejo de Defensa de la Nación. Los requisitos del cargo serán establecidos en el Reglamento de esta Ley.
Artículo 43. La Secretaría General del Consejo de Defensa de la Nación estará integrada por los Comités Coordinadores, el Centro de Evaluación Estratégica, el Centro de Políticas y Estrategias, y una oficina administrativa que apoye su funcionamiento, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley y en su respectivo Reglamento Interno.

Artículo 44. Los Comités Coordinadores son los encargados de analizar la información para elaborar los planes, estudios e investigaciones que requieran los Comités de Trabajo, Interinstitucionales y de Emergencia, y están conformados por personal profesional civil y/o militar.

Artículo 45. El Centro de Evaluación Estratégica es el encargado de realizar el seguimiento y evaluación continua de la situación para producir oportunamente las alertas necesarias; teniendo bajo su responsabilidad la operación de la Sala de Situación del Presidente o Presidenta de la República.

Artículo 46. El Centro de Políticas y Estrategias es el encargado de proponer al Consejo de Defensa de la Nación a través de los Comités de Trabajo Interinstitucionales y Comités de Emergencia, políticas y estrategias para la solución de los problemas relacionados con la seguridad y defensa integral

Zonas de Seguridad: Todos los espacios del territorio de la nación, que debido a sus características, ubicación estratégica y elementos que le componen, obligatoriamente están sometidas a un control especial, con el objeto de garantizar el resguardo y la seguridad de las personas, bienes y actividades que allí se realicen.
Las Zonas de Seguridad se clasifican en:
1. Zona de Seguridad Fronteriza: referida al área delimitada o descrita como frontera, y cuyo fin es el resguardo de la misma y el control de las personas que se movilizan por dichos espacios.
2. Zona adyacente a la orilla del mar, lagos, islas y ríos navegables.
3. Los corredores de transmisión de oleoductos, gasoductos, poliductos, acueductos y tendidos eléctricos principales.
4. Zonas en las que circundan instalaciones militares y públicas; industrias básicas, estratégicas y los servicios esenciales.
5. El espacio aéreo sobre l as instalaciones militares, las industrias básicas, estratégicas y los servicios esenciales.
6. Zonas adyacentes a las vías de comunicación aérea, terrestre y acuática de primer orden.
7. Cualquier otra zona de seguridad que sea considerada necesaria para la seguridad y defensa integral de la nación.


Sanciones y Penas: Las Sanciones y Penas que se aplican a las personas naturales y jurídicas, funcionarios públicos, así como extranjeros que se encuentren en el territorio nacional por el incumplimiento de:
1. Los requerimientos hechos por los organismos del Estado en los asuntos que se relacionen con la seguridad y defensa integral.
2. La negación de suministrar datos o informaciones necesarias para el resguardo y cumplimiento de los fines de seguridad y defensa de la nación.
3. La divulgación o tráfico de información referida a la seguridad y defensa de la nación a otro Estado o a cualquier sujeto.
4. El incumplimiento por parte de cualquier persona, sea natural o jurídica, nacional o extranjero, de la realización de actividades prohibidas en las Zonas de Seguridad.